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El Ayuntamiento de Murcia, y la Asociación de Promotores Inmobiliarios de la Región de Murcia (APIRM), considerando la necesidad de instaurar a nivel municipal un mecanismo eficaz de agilización e impulso a determinados proyectos de construcción y actuaciones urbanísticas de transcendencia para la economía del municipio y la creación de empleo, han valorado la conveniencia de crear una oficina municipal para la atención al colectivo de promotores. El objeto del presente convenio es definir la colaboración institucional entre el Ayuntamiento de Murcia y la Asociación de Promotores Inmobiliarios de la Región de Murcia, para el buen funcionamiento de la oficina del profesional (OP). Para que una actuación o proyecto acceda a la OFICINA DEL PROFESIONAL (OP) se ha de cumplir, al menos, uno de los siguientes requisitos:
1.- La creación de 10 o más puestos de trabajo estables a jornada completa, como consecuencia del proyecto o actuación a aprobar con la correspondiente licencia, durante y después de su ejecución o puesta en marcha.
2.- Que se trate de proyectos que se desarrollen en el municipio de Murcia y que impliquen una inversión por importe igual o superior a 3.000.000.-€.
3.- Que las licencias urbanísticas superen los 2.000 m2 de edificabilidad y cuyos solicitantes se dediquen a la construcción y/o promoción.
El promotor de este tipo de proyectos podrá presentarlo a través de la OFICINA DEL PROFESIONAL (OP) previa justificación del cumplimiento de los requisitos señalados. También se podrá solicitar la asistencia de esta oficina para la continuación o finalización de expedientes y procedimientos ya iniciados, si se cumplen los requisitos anteriores. El expediente, que se incorpora por vía electrónica a través de la sede del ayuntamiento de Murcia, se iniciará con una solicitud distintiva que permita la identificación instantánea de tramitación por la Oficina del Profesional. El modelo de solicitud se incorpora como anexo I.
La OFICINA (OP) ejercerá su canal de comunicación con el promotor, a través de la Asociación de Promotores Inmobiliarios de la Región de Murcia (APIRM).
De acuerdo con el principio de eficacia y agilización se entenderá que los expedientes que cumplan con los requisitos para ser presentados a través de la oficina del profesional –por cumplir con las razones de interés municipal indicadas en la estipulación segunda, o bien por falta de complejidad del procedimiento- responden a una tramitación urgente y/o simplificada reduciéndose los plazos a la mitad, salvo para la presentación de solicitudes, alegaciones y recursos. Y se entenderán prioritarios en su tramitación.