
La impugnación de acuerdos sociales es uno de los derechos mínimos de los socios, constituyendo así una garantía de los mismos para controlar el poder de la mayoría y evitar que, en la adopción de acuerdos sociales, se infrinja la ley, los estatutos o se actúe en contra del interés social.
Se trata, por lo tanto, de un procedimiento que tiene su origen en el ámbito societario y más en particular, en el de las sociedades de capital.
El estudio de la impugnación de los acuerdos sociales exige analizar la reforma de la Ley de Sociedades de Capital que entró en vigor en 2015 introduciendo novedades de calado en la materia, al unificar todos los casos de impugnación bajo un régimen general.
Asimismo, se analizará la Jurisprudencia más reciente en aplicación de la referida reforma.