El BORM de hoy ha publicado la convocatoria de subvenciones para la promoción de viviendas en alquiler (ir a la publicación), dentro del Plan de Vivienda 2018-2021.
El plazo para solicitarlas es de un mes.
Puedes encontrar todas las características de estas ayudas en las bases de la convocatoria (Orden de 22 de mayo de 2019). Las más destacadas son:
- Las viviendas deberán ser destinadas al arrendamiento o cedidas en uso durante un plazo mínimo de 25 años.
- Las viviendas podrán provenir de nueva construcción, de rehabilitación o de reanudación de obras paradas, y deberán tener una calificación energética mínima B.
- Existen dos modalidades con cuantías y requisitos distintos:
- Una ayuda directa de hasta un máximo de 250 euros por metro cuadrado de superficie útil de vivienda, con cargo a los fondos estatales, y una ayuda de hasta 100 euros por metro cuadrado de superficie útil de vivienda, con cargo a fondos autonómicos. La cuantía máxima no podrá superar el 50% de la inversión de la actuación, con un límite de 36.750 euros por vivienda. El precio del alquiler no podrá superar los 5,5 euros por metro cuadrado de superficie útil de la vivienda, más un 60% de dicha cuantía por metro cuadrado de superficie útil de plaza de garaje o anexo (sin inclusión de elementos comunes). Los inquilinos no deben tener ingresos superiores a 3 veces el IPREM (con determinadas excepciones).
- Una ayuda directa de hasta un máximo de 215 euros por metro cuadrado de superficie útil de vivienda, con cargo a los fondos estatales, y una ayuda de hasta 85 euros por metro cuadrado de superficie útil de vivienda, con cargo a fondos autonómicos. La cuantía máxima no podrá superar el 40% de la inversión de la actuación, con un límite de 31.500 euros por vivienda. El precio del alquiler no podrá superar los 7 euros por metro cuadrado de superficie útil de la vivienda, más un 60% de dicha cuantía por metro cuadrado de superficie útil de plaza de garaje o anexo (sin inclusión de elementos comunes). Los inquilinos no deben tener ingresos superiores a 4,5 veces el IPREM (con determinadas excepciones).