La crisis generada por el COVID 19 ha cambiado por completo nuestra vida personal y laboral por la dificultad que ha introducido en las relaciones sociales. En este escenario, todas aquellas actividades que entrañan una menor relación personal pueden continuar desarrollándose en mejores condiciones que aquellas que si lo necesitan.
El Sector Inmobiliario es uno de esos sectores que pueden desarrollar su actividad por el bajo riego de contagio que supone, y está llamado a ser un motor importante de la economía nacional y regional en estos momentos. Para hacer esto posible, es necesario tomar una serie de medidas desde la administración que permitan agilizar y simplificar una actividad muy condicionada por la burocracia administrativa.
En este sentido, desde la Asociación de Promotores se han propuesto una serie de medidas, de muy bajo coste para las arcas públicas, que se podrían traducir en un rápido despegue de la actividad inmobiliaria, en un momento en el que es de vital importancia para nuestra economía.
Nos ponemos en contacto con D. Antonio Navarro Corchón, concejal de Desarrollo Sostenible y Huerta del Ayuntamiento de Murcia, para analizar con él la situación creada por el Covid 19 y las medidas que se están tomando en nuestro Ayuntamiento para posibilitar y facilitar el trabajo de las empresas promotoras.
Ha sido una situación complicada en sus inicios tras la declaración del Estado de Alarma y la necesidad de desalojar las dependencias físicas de la Concejalía.
Ahora ya con la perspectiva de la vuelta progresiva a la normalidad y haciendo balance, la actividad de los servicios de Urbanismo se ha mantenido con normalidad gracias al teletrabajo, la nueva organización que se ha aplicado y a la profesionalidad de los trabajadores de los diferentes Departamentos que ha permitido la tramitación de informes y resoluciones sin demora alguna. Se han atendido asimismo las consultas de los ciudadanos por teléfono y correo electrónico, garantizando la prestación eficaz del servicio público.
Pese a la suspensión de plazos y procedimientos ordenada por el Real Decreto que regula el Estado de Alarma , muchos peticionarios de licencias se han acogido a la posibilidad contemplada en la Disposición Adicional tercera del Real Decreto 463/2020 solicitando la continuidad de los procedimientos urbanísticos, por lo que se han seguido concediendo licencias desde el principio. Como dato indicarles la aprobación de proyectos por importe de 8,1 millones de euros y 184 expedientes de obras tanto en la ciudad como en las pedanías, a título de ejemplo proyectos de 25 viviendas en Santiago y Zaraiche, 11 viviendas en la calle Trapería, 8 viviendas en Sangonera la Seca, etc y a la tramitación de 132 nuevos procedimientos de licencias urbanísticas, en los primeros dos meses del Estado de Alarma.
Además de la tramitación de otros expedientes de gestión urbanística y planeamiento ( proyectos de urbanización, planeamiento de desarrollo ), en los que también se ha levantado la suspensión por el órgano competente, Junta de Gobierno y Pleno del Ayuntamiento. En materia de actividades han sido más de 200 procedimientos los aprobados.
Sin duda, comparto el enunciado de su pregunta, es imprescindible seguir mejorando el servicio público y la agilización en la tramitación de los expedientes.
Tenemos que seguir avanzando en la digitalización de los procedimientos urbanísticos, se han dado pasos importantes a nivel interno con la plataforma Gexflow, en la que todas las firmas son electrónicas aunque determinados archivos por su peso tienen dificultades para subirse al sistema y hay que facilitar la información de los expedientes a los interesados por vía informática, para que en todo momento sepan que trámites faltan por realizar o que informes no se han evacuado. En definitiva unir la plataforma actual de administración electrónica con la aplicación informática de gestión de expedientes de la Administración, para que pase de ser interna a externa, con la consiguiente información del estado de los expedientes a los ciudadanos,
Esta demanda la conoce el concejal responsable de Modernización de la Administración y me consta que está trabajando en ello.
En segundo lugar destacaría la creación de una Oficina profesional dentro de la Concejalía, es un proyecto que venimos trabajando conjuntamente con APIRM, que nacería mediante convenio de colaboración y que tendría por objetivo la información, coordinación, apoyo y asistencia técnica para el impulso de los proyectos urbanísticos con carácter diferenciado al resto de procedimientos de todo tipo que se tramitan en la Concejalía de Urbanismo.
En tercer lugar señalaría el Convenio que estamos a punto de aprobar con el Colegio de Arquitectos para la implantación de los informes previos de calidad sobre idoneidad técnica y urbanística, a los proyectos de ejecución que han de someterse a licencia municipal urbanística. Es una iniciativa , en la que tengo depositada muchas esperanzas, para que redunde en una mayor agilización administrativa. Comprenderá el control del proyecto en cuanto a la justificación del cumplimiento de las normas urbanísticas y técnicas sectoriales.
Habrá una Comisión mixta en el seno del Convenio que determinará todos los aspectos procedimentales. Esta nueva herramienta tendrá carácter voluntario y pretendemos que sea el antecedente de las Entidades urbanísticas de colaboración que deberian tener su regulación en la Ley de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.
Tengo claro y así transmito en todos los foros la importancia del sector de la construcción como motor de la recuperación económica tras la crisis generada por el COVID 19 por su aportación al PIB y ser intensivo en la generación de empleo.
La complejidad de la realidad actual nos debe llevar a repensar el urbanismo para un nuevo escenario en el que hay que hacer, bajo mi humilde criterio, importantes cambios en los procesos de planificación urbana, hacen falta instrumentos de planeamiento más ágiles capaces de dar respuesta en tiempo adecuado a los retos económicos, sociales y ambientales. Actualmente los planes son excesivamente rígidos y los plazos de elaboración y tramitación muy largos, sobre todo si hablamos de planes generales pero también en el planeamiento de desarrollo, y en momentos de cambio pueden incluso quedar obsoletos antes de su aprobación.
Es un problema nacional pero creo que desde la Región de Murcia se puede liderar una transformación integral del urbanismo para dar respuesta a los retos de nuestros municipios abordando una importante modificación de la Ley de ordenación territorial y urbanística de la RM.
La ley del suelo del 2001 y la vigente de 2015 han incorporado algunas novedades importantes a las técnicas tradicionales de planeamiento y gestión urbanística como a título de ejemplo pueden ser los incrementos de aprovechamiento en los sectores hasta el 10% , los regímenes transitorios de edificación o la regulación de los diferentes sistemas de actuación integrada intentado agilizar su funcionamiento.
Pero el momento actual requiere un urbanismo más flexible sin que ello suponga merma alguna en los procesos de transformación urbana de los principios de sostenibilidad ambiental y de participación pública que son pilares transversales a los mismos.
Descendiendo a propuestas precisas, que podríamos desarrollar para su incorporación a la gobernanza legal y a los planes generales estarían las siguientes:
– Instrumento de cooperación interdepartamental e intraadministrativa que coordine el contenido y alcance de los diferentes pronunciamientos sectoriales dentro de sus competencias.
– Establecimiento del silencio positivo respecto a los informes sectoriales que su normativa no establezca lo contrario.
– Competencia de los Ayuntamientos ( al menos los de mayor tamaño) para la aprobación de sus planes generales y modificaciones estructurales, previo informe de la Consejería competente en urbanismo, con silencio positivo en caso de no evacuarse en plazo. ( el urbanismo es básicamente de competencia municipal como se recoge en la ley 13/2015 y la ordenación del territorio competencia de la CARM)
– Planes generales lo más flexibles posibles con ordenación pormenorizada posterior
– Tramitación abreviada en todo el planeamiento de desarrollo cuyo informe ambiental estratégico señale que no hay efectos significativos para el medio ambiente y de las Normas complementarias en el mismo caso
– Los usos pormenorizados de las dotaciones locales de equipamientos deben ser indicativos y poder aplicarse a todos los planes anteriores a la vigencia de la ley
– Los sistemas generales deberían tener también carácter indicativo para todos los planes anteriores a la vigencia de la ley, y el suelo restante una vez ejecutadas las infraestructuras o servicios poderse incorporar con otro destino a través de planeamiento de desarrollo o de conformidad con lo que indique el plan general.
– Ampliación de los regímenes transitorios de edificación, a título de ejemplo en suelo urbanizable, más allá de la aprobación inicial del planeamiento de desarrollo llevando su aplicación hasta la aprobación e inscripción registral del proyecto de reparcelación y aprobación del proyecto de urbanización. ( igual que en suelo urbano, artículo 89 de la ley 13/2015)
– Nuevas definiciones de usos pormenorizados más flexibles
– Marco jurídico que propicie la autorización en un sólo acto administrativo de los proyectos de gestión, urbanización y edificación.
– Aprobación de una ley estatal de seguridad jurídica del planeamiento que permita tras una sentencia de anulación retrotraer el procedimiento al momento en el que se cometió el vicio procedimental y no comenzar de nuevo.
– Regulación de las Entidades de colaboración urbanística para la agilización de licencias urbanísticas.
Soy firme defensor de la colaboración público-privada y de la sustitución de las licencias por declaraciones responsables. La legislación urbanística española ha avanzado mucho en la supresión de las autorizaciones por declaraciones responsables desde la la Directiva de servicios, la Ley Ómnibus, Ley 20/13 de Garantia de la Unidad de Mercado. Y en el ámbito urbanístico de nuestra Región se han producido importantes avances en esta dirección tanto en la Ley 4/2009 de protección ambiental integrada como en la Ley 13/2015, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.
En la modificación de esta última por Decreto Ley 3/2020 , de 23 de abril, se amplían los supuestos para el uso de la declaración responsable en los títulos habilitantes para hacerla extensiva a los pequeños cambios de uso, a edificios de nueva planta no residenciales ni de uso publico de gran sencillez, o a intervenciones muy puntuales en edificios catalogados, salvaguardando el objeto de su catalogación. Es una clara apuesta por la agilización para la regeneración de la economía con un instrumento directo y ágil que funciona y es eficaz.
El límite o condicionante de la extensión de las declaraciones responsables se encuentra en la legislación básica estatal ( artículos 1491.13 y 18 de la CE), en el Texto refundido estatal de la Ley de suelo y rehabilitación urbana, en su artículo 11.4, en la interpretación dada por las sentencias del TC 143/2017, de 14 de diciembre y 75/2018, de 5 de julio.
La limitación de la extensión de la declaración responsable se encuentra en la Ley de ordenación de la edificación, y en lo que esta ley considera edificación en su artículo 2.2, por eso valoro muy positivamente la modificación realizada por el Decreto Ley en este asunto que recoge los márgenes señalados en la LOE.
Me parece importante, como he señalado antes, que haya un mecanismo que permita agilizar los proyectos de inversión para el el municipio y la Región de Murcia. La Unidad de aceleración de inversiones está funcionando muy bien en relación al Ayuntamiento de Murcia, con una coordinación máxima entre Administraciones y de la mano del promotor. E igualmente la UNAI inmobiliaria tambíén puede ser de ayuda.
Esta oficina profesional puede ser un instrumento eficaz , en el objetivo de impulsar las licencias urbanísticas con los parámetros que acordemos con APRIM, siempre , suelo hablar claro, que se le dote por recursos humanos de un personal mínimo para su funcionamiento. Creo que la inversión en términos de generación de empleo y el retorno fiscal para el interés general no ofrecen duda al respecto y así lo he transmitido al alcalde.
En las regulaciones autonómicas que existen sobre esta técnica, se centran en las licencias de actividad y en las declaraciones responsables, sin sustituir a los informes técnicos municipales. Por otro lado hay un sistema de acreditación y verificación de las mismas.
Mi propuesta que sería innovadora en España entraría en recogerlas en la ley para su aplicación a las licencias urbanísticas, que sean los Colegios profesionales en el ámbito de sus competencias (Administración corporativa) los que desarrollen esta función de colaboración urbanística a través de Convenio con los Ayuntamientos, con carácter voluntario para el promotor el acogerse a esta opción, y que sea sustitutivo el informe sobre la idoneidad técnica y urbanística del Colegio profesional del informe técnico municipal.
Considero que pueden ser un instrumento muy interesante y novedoso en los términos que acabo de exponer para la agilización de las licencias urbanísticas.
La cuestión más compleja a este respecto es aunar y simultanear la evaluación ambiental estratégica exigida por la legislación estatal y la tramitación de los planes urbanísticos.
Considero que si hay recorrido para simplificar y reducir tiempos , algo absolutamente necesario y en lo que coinciden todos los operadores económicos relacionados con el urbanismo en toda España.
Propongo que los planes especiales de dotación, reforma o renovación en suelo urbano , así como las modificaciones de plan general o de desarrollo que no afecten a clasificación ni calificación de suelo y las que se refieran a cambios o nueva redacción de normas siempre que el informe ambiental estratégico señale que no tienen efectos significativos sobre el medio ambiente ( que es lo normal), vean reducidos sus trámites a dos pasos; Aprobación inicial con el documento ambiental estratégico y Aprobación definitiva, siempre que el Informe ambiental estratégico señale la ausencia de efectos ambientales.
Sería muy significativa la reducción de plazos en la tramitación del planeamiento.
Otra idea a debatir sería la incorporación dentro de las Normas complementarias del Plan General, una variante para las modificaciones normativas no sustanciales que no incorporasen usos sometidos a evaluación ambiental, que podrían denominarse Normas complementarias de detalle, en analogía a los Estudios de detalle, y como éstos no someterse a evaluación ambiental y tener una tramitación express.
Soy partidario de que los plazos se cumplan y que no supongan una carga para el interesado en un procedimiento.
Todos los informes deben ser evacuados en plazo y con efectos positivo del silencio. Aunque hay legislaciones sectoriales que determinan el carácter negativo del silencio.
Quiero partir de una reflexión general para luego hacer alguna propuesta para el debate.
Considero que las prácticas urbanas actuales en España muchas veces no coinciden con la rigidez del modelo tecnocrático heredado de nuestra cultura urbanística.
Creo en un urbanismo más abierto y flexible donde además confluyan el diseño, el espacio y los cambios sociales.
En relación a la pregunta concreta, sugiero algunas ideas. Los Planes generales deben establecer los usos pormenorizados de forma indicativa dentro de los diferentes usos globales.
En algunos casos considerar que hay usos pormenorizados que tienen una naturaleza mixta, como sucede con las Residencias de estudiantes o de mayores.
Los cambios de usos pormenorizados que requieran un plan especial o una modificación del planeamiento correspondiente y que no estén sometidos a evaluación ambiental, podrían tener la tramitación abreviada a que me he referido antes.
Decía Le Corbusier que la arquitectura debe ser la expresión de nuestro tiempo, lo considero perfectamente aplicable al urbanismo.
Es algo que sucedió hace tiempo. Todas las grandes ciudades tienen una Gerencia de Urbanismo, (Madrid, Barcelona, Sevilla, Zaragoza, Málaga, Alicante, Granada y un largo etc)
Si contáramos con un organismo autónomo habría seguro más agilidad en materia de personal, para suplir bajas o carencias concretas, tendría sus propios órganos de contratación y fiscalización , informática, gestionaría el patrimonio público de suelo, la ejecución de las obras de urbanización, etc
Es algo en lo que coincido con diferentes colectivos que han apoyado su creación como el Colegio de Arquitectos y así lo he manifestado cuando me preguntan sobre ello.
No hay que olvidar que las zonas verdes o los equipamientos de los que disfrutamos, las infraestructuras,la actividad económica, los servicios o las viviendas en las que residimos parten de la planificación y la gestión urbanística es la que permite obtener suelo para mejorar la calidad de vida de todos, por lo que deben adoptarse todas las medidas organizativas para que funcione del modo más eficaz posible, siendo el urbanismo una de las principales fuentes de ingresos para los municipios.